Resumen del Artículo Disposición derogatoria

Artículo Disposición derogatoria del Estatuto de Autonomía de Castilla y León (EACyL) — Disposición derogatoria. A la entrada en vigor del presente Estatuto de Autonomía quedarán derogadas cuantas disposiciones de rango igual o inferior se opongan al mismo.

EACyLVigenteActualizado: 20 de abril de 2026

Artículo Disposición derogatoriaDisposición derogatoria

Disposición derogatoria.

A la entrada en vigor del presente Estatuto de Autonomía quedarán derogadas cuantas disposiciones de rango igual o inferior se opongan al mismo.

Norma publicada: 30 de noviembre de 2007

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición derogatoria

¿Qué dice el Artículo Disposición derogatoria del EACyL?

Disposición derogatoria. A la entrada en vigor del presente Estatuto de Autonomía quedarán derogadas cuantas disposiciones de rango igual o inferior se opongan al mismo.

¿El Artículo Disposición derogatoria del EACyL está vigente?

El artículo Disposición derogatoria del EACyL está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición derogatoria dentro del EACyL?

Forma parte del articulado del Estatuto de Autonomía de Castilla y León.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición derogatoria?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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